Título del programa / ayuda
IG114 - AYUDAS A INICIATIVAS DE DIFUSIÓN (ART.4) - Convocatoria 2008Finalidad/Objetivo
Incentivar proyectos y actuaciones empresariales de distinta tipología concediendo subvenciones a fondo perdido a los siguientes tipos de iniciativas:a) Jornadas técnicas, seminarios, foros o premios dirigidos a la difusión de técnicas, metodologías, herramientas o buenas prácticas en los campos de la innovación a avance competitivo o el aprendizaje.
b) Celebración en Galicia de encuentros empresariales entre emprendedores e inversores privados (busines angels).
c) Celebración en Galicia de congresos o eventos expositivos de alcance internacional
Tipo de apoyo
Subvención en régimen de concurrencia competitiva.Beneficiarios potenciales
1. Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia (Organismos intermedios) domiciliados en Galicia con una actividad dirigida eminentemente al mundo empresarial.2. En el caso de gastos de inversión, deberán acercar al proyecto por lo menos un 25% de su importe, con recursos propios o financiación ajena, sin ser objeto de ayuda o subvención alguna.
3. Deberán estar al día de sus deberes con la Hacienda Pública, Comunidad Autónoma y Seguridad Social.
Sectores incentivables
Aquellas actividades que estén dentro de los sectores regulados por normas específicas de la Unión Europea sobre ayudas estatales, se ajustarán en cada caso a las dichas normas específicas.Requisitos principales del proyecto
Serán subvencionables:a) Organización en Galicia de jornadas técnicas, seminarios, foros o premios dirigidos a la difusión de técnicas, metodologías, herramientas o buenas prácticas en los campos de la innovación, el avance competitivo o el aprendizaje.
b) Organización en Galicia de encuentros empresariales entre emprendedores y business angels propuestos por redes de inversores privados (Business angels) formalmente establecidas.
c) Organización en Galicia de congresos internacionales o eventos expositivos internacionales (ferias, pasarelas de moda...)
Inversiones y/o gastos computables
Para las iniciativas previstas en la letra la) anterior se considerarán conceptos subvencionables los siguientes:* Gastos de publicidad.
* Elaboración de documentación y edición de ponencias o publicaciones.
* Costes de contratación de ponentes.
* El IVE cuando el solicitante acredite su exención.
Para las iniciativas previstas en la letra b) anterior, el Igape podrá patrocinar la organización de los encuentros
Para las iniciativas previstas en la letra c) anterior, el Igape podrá patrocinar la organización de iniciativas de su interés, en el seno del congreso o evento expositivo.
Cuantía de las axudas
Para las iniciativas previstas en la letra a) anterior con un límite de ayuda del 70% y segundo el alcance del evento, los límites de ayuda serán los siguientes:-Provincial o inferior: 5.000 euros.
-Autonómico: 7.500 euros.
-Nacional: 10.000 euros.
-Internacional: 20.000 euros.
Para las iniciativas previstas en la letra b) anterior: límite por encuentro de 10.000 euros, sujeto a la justificación de costes producidos por la organización de los encuentros empresariales patrocinados, no inferior a la cantidad asignada por el Igape.
Para las iniciativas previstas en la letra c) anterior: un límite de 50.000 euros, sujeto a la justificación de costes producidos por la organización de las actividades patrocinadas, no inferior a la cantidad asignada por el Igape.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes abrirá al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOG, en el caso de coincidir sábado o día inhábil en Santiago el plazo comenzará el día hábil siguiente, y se cerrará el 12 de septiembre de 2008.Incompatibilidades
Esta subvención para un determinado proyecto será incompatible con cualquier otra subvención a fondo perdido del Igape.Será compatible, no obstante, con programas de ayuda financiera del instituto como puede ser, entre otros, la subsidiación al tipo de interés y también, con cualquiera otro tipo de subvención o ayuda concedida por otros organismos públicos o privados, siempre y cuando su cómputo no exceda los límites establecidos en el Tratado a las ayudas de minimis.
Referencia legislativa
Resolución del 12 de marzo de 2008 (DOG Nº55 del 18/03/2008) - Bases reguladoras de los Incentivos Económicos del IgapeResolución del 12 de marzo de 2008 (DOG Nº73 del 16/04/2008) - Corrección de errores
Resolución del 11 de abril de 2008 (DOG Nº75 del 18/04/2008) - Convocatoria de los artículos b) y c)
Resolución del 15 de xulio de 2008 (DOG Nº143 del 24/07/2008) - 2ª convocatoria
Información y tramitación en:
Información en las oficinas territoriales del IGAPE y en el Servicio de Atención Telemática a través del teléfono 902 300 903. También a través de www.igape.es o en informa@igape.esPara presentar una solicitud de ayuda el interesado deberá cumplimentar previamente un cuestionario descriptivo de las circunstancias del solicitante y del proyecto a través de la aplicación de ayuda establecida en la dirección de Internet http://www.tramita.igape.es
A fin de prestar asistencia en la cumplimentación del cuestionario, el Igape pone la disposición del interesado su Servicio de Asistencia Técnica, con un sistema de cita previa concertada a través de la mencionada dirección de internet o de los números de teléfono 902 300 903 o 981 541 147.
Observaciónes
Todos los eventos que se presenten al amparo de esta convocatoria deberán realizarse entre el 1 de julio de 2008 y el 31 de diciembre de 2008.Vigencia/Convocatoria
El plazo de presentación finalizó o 24/08/2009Documentación
Resolución de 12 de marzo de 2008 (DOG Nº55 de 18/03/2008) - Bases reguladoras VerResolución de 12 de marzo de 2008 (DOG Nº73 de 16/04/2008) - Corrección de errores Ver
Resolución de 11 de abril de 2008 (DOG Nº75 de 18/04/2008) - Convocatoria artículos b) y c) Ver
Resolución de 15 de xulio de 2008 (DOG Nº143 de 24/07/2008) - 2ª convocatoria Ver
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